Cómo hacer la diot de una persona física

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La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es una obligación que la mayoría de los contribuyentes tiene que presentar mes con mes, informando de esta manera las operaciones que tuvieron durante el mes inmediato anterior, es decir, siguiendo la mecánica de los pagos mensuales y definitivos, esta declaración viene a ser el respaldo de las operaciones que estamos haciendo deducibles y para el caso del IVA de los acreditamientos que estamos haciendo efectivos.

Su obligación nace de la fracción VII del artículo 32 de la LIVA.



¿Quiénes son los obligados a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2014, V.1.1.5.)?


  1. Las personas físicas y morales que realicen actos o actividades gravados por la Ley del IVA y/o que tengan registrada la clave de obligación fiscal correspondiente al IVA. Fundamento Legal: Artículo 32 primer párrafo y fracciones V y VIII de la LIVA, y la regla I.4.5.1., de la RMF 2014 publicada en el DOF el 30 de diciembre de 2013.

  2. Los contribuyentes personas físicas ¿cuándo deben presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT 2014, V.1.1.5.)? Durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información. Fundamento Legal: Artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA y Regla I.4.5.1. de la RMF para 2014 publicada en el DOF el 30 de Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F., c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │documento disponible en www.sat.gob.mx diciembre de 2013.

Pero lo que nos interesa en este momento es describir el procedimiento para obtener la DIOT en SIFO MISCUENTASPRO, obteniendo información desde el propio sistema y que sea exportada al programa del SAT (DIOT completa) para ser enviada por Internet a través de la página de dicha institución.